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Abogado Especialista en Delitos Societarios en Madrid

En Jiménez y Lozano Abogados somos especialistas en delitos societarios en Madrid. Ofrecemos asistencia letrada urgente las 24 horas, defensa penal técnica y acompañamiento integral desde la primera comparecencia hasta la resolución del caso. Manejamos asuntos relacionados con art 290 código penal, falsedad cuentas anuales, administrador sociedad delito y más.

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Abogado especialista en delitos societarios - JL Abogados

Antonio Lozano Sedeño

Socio director · Delitos Societarios

Abogados penalistas especializados en delitos societarios Defensa urgente en Madrid

Consejos penales en 1 minuto

Publicamos contenido nuevo cada semana: derechos, errores frecuentes y casos reales explicados por los socios.

¿Qué son los delitos societarios del Código Penal?

Regulados en los artículos 290 a 297 del Código Penal, los delitos societarios protegen la transparencia del mercado y los derechos patrimoniales de socios, acreedores y la propia persona jurídica frente a actuaciones ilícitas de administradores de hecho o de derecho. Abarcan desde la falsedad en balances y cuentas anuales hasta la imposición de acuerdos abusivos, el bloqueo de los órganos de gestión y la vulneración del derecho de información del socio.

Falsedad documental en el ámbito societario

El artículo 290 CP sanciona a los administradores que falseen las cuentas anuales u otros documentos que deban reflejar la situación económica o jurídica de la sociedad con idoneidad para causar un perjuicio económico. Nuestra defensa se sustenta en auditorías forenses que acreditan que las discrepancias responden a criterios valorativos contables legítimos y no a una alteración deliberada de la imagen fiel de la empresa.

Abuso de poder en órganos de administración

La extralimitación en las facultades concedidas al consejo de administración o administrador único suele derivar en querellas penales por administración desleal o conflicto de interés. Defendemos a los órganos de gobierno acreditando que los acuerdos contaron con respaldo técnico cualificado, buscaron el interés social preponderante y no supusieron un enriquecimiento injusto de los administradores.

Imposición de acuerdos abusivos o lesivos a socios

El artículo 291 CP tipifica la adopción de acuerdos lesivos con ánimo de lucro propio o ajeno y en perjuicio de los restantes socios, sin reportar beneficio alguno a la sociedad. Por su parte, el artículo 292 castiga la consecución de acuerdos mediante mayorías ficticias. Nuestra estrategia procesal analiza las juntas generales y estatutos para neutralizar la instrumentalización de la vía penal en discrepancias estrictamente mercantiles.

Denegación de derechos de información a los socios

El artículo 293 del Código Penal sanciona a los administradores que nieguen o impidan injustificadamente el derecho de información o fiscalización a los socios establecido por la Ley de Sociedades de Capital. Acreditamos la improcedencia o abuso de derecho en las solicitudes del querellante y la adecuada salvaguarda de los secretos industriales para conseguir el archivo de la causa penal.

Nuestro Abogado Penalista en los Medios

OK Diario Telecinco El Mundo
Antonio Lozano en medios de comunicación

Preguntas Frecuentes sobre Delitos Societarios

Respondemos las dudas más habituales de nuestros clientes sobre delitos societarios.

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Oscilan entre 1 y 3 años de prisión y multas pecuniarias para la falsedad de cuentas anuales con perjuicio económico consumado (art. 290 CP), y de 6 meses a 3 años de prisión o multas de 6 a 12 meses en acuerdos abusivos y fraudes de mayoría.

Sí. En la práctica procesal, los delitos societarios admiten el sobreseimiento anticipado demostrando la ausencia de dolo penal, o la suspensión de penas privativas de libertad al no exceder de los 2 años si se carece de antecedentes penales no cancelados.

Reseñas de Nuestros Clientes

4.8
156 reseñas en Google

"Nos atendieron de inmediato, incluso de madrugada"

Llamamos a las 3 de la mañana porque detuvieron a nuestro hijo. Antonio se personó en comisaría en menos de una hora. La atención fue impecable.

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María G.Google Reviews

"Defensa impecable en juicio rápido"

Antonio me asistió en comisaría de forma inmediata y al día siguiente en el juicio rápido consiguió una reducción de pena significativa.

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"Rigor y empatía en un caso muy delicado"

Nuestro caso era muy complicado. Desde el primer día el equipo de abogados nos trató con una empatía y un rigor jurídico excepcional.

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