En Jiménez y Lozano Abogados somos especialistas en delitos contra el honor en Madrid. Ofrecemos asistencia letrada urgente las 24 horas, defensa penal técnica y acompañamiento integral desde la primera comparecencia hasta la resolución del caso. Manejamos asuntos relacionados con art 205 código penal calumnia, art 208 código penal injurias, difamación redes sociales y más.
Socio director · Delitos contra el Honor
Publicamos contenido nuevo cada semana: derechos, errores frecuentes y casos reales explicados por los socios.
El Código Penal deslinda nítidamente la calumnia de la injuria. La calumnia (artículo 205 CP) consiste en la falsa imputación de un delito público con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio hacia la verdad. La injuria (artículo 208 CP) sanciona las acciones o expresiones que lesionan la dignidad ajena menoscabando su fama o atentando contra su propia estimación, requiriéndose una gravedad objetiva manifiesta para constituir infracción penal.
Las manifestaciones difamatorias vertidas en redes sociales, medios digitales o canales de mensajería masiva se consideran cometidas con publicidad (artículos 206 y 209 CP), agravando notablemente el reproche punitivo (prisión de 6 meses a 2 años o multas cualificadas). Identificamos judicialmente a los autores tras perfiles anónimos mediante oficios telemáticos a proveedores de telecomunicaciones y plataformas digitales.
El artículo 207 del Código Penal consagra una causa absolutoria básica: el acusado de calumnia quedará plenamente exento de toda pena si prueba judicialmente la veracidad del hecho delictivo imputado (exceptio veritatis). Asimismo, en injurias dirigidas contra funcionarios públicos sobre el ejercicio de sus funciones (artículo 210 CP), la acreditación de la verdad exime de cualquier reproche penal.
La jurisprudencia del Tribunal Constitucional y de la Sala Segunda del Tribunal Supremo reconoce el derecho al honor y prestigio comercial de sociedades mercantiles y fundaciones frente a campañas organizadas de desprestigio o ataques difamatorios dolosos. Formulamos querellas penales exigiendo la retractación pública a costa del condenado y la indemnización íntegra de daños patrimoniales y morales.
Tipificadas en los artículos 490 y 504 del Código Penal, estas figuras sancionan las calumnias e injurias contra la Corona, el Parlamento o las instituciones judiciales. La defensa técnica fundamenta sus pretensiones en la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), esgrimiendo el derecho fundamental a la libertad de expresión y la crítica política en asuntos de interés público.

Respondemos las dudas más habituales de nuestros clientes sobre delitos contra el honor.
Llamar ahora: 910 328 053La calumnia con publicidad se castiga con prisión de 6 meses a 2 años o multa de 12 a 24 meses; sin publicidad, con multa de 6 a 12 meses. Las injurias graves con publicidad acarrean multas de 6 a 14 meses, sumándose la obligación de publicar la sentencia condenatoria a costa del infractor.
Sí. La ley exige celebrar con carácter previo e imperativo un acto de conciliación (artículo 804 LECrim). Si se alcanza una transacción o retractación en dicho acto, el proceso penal concluye de inmediato sin que exista condena ni antecedentes penales.
Llamamos a las 3 de la mañana porque detuvieron a nuestro hijo. Antonio se personó en comisaría en menos de una hora. La atención fue impecable.
Antonio me asistió en comisaría de forma inmediata y al día siguiente en el juicio rápido consiguió una reducción de pena significativa.
Nuestro caso era muy complicado. Desde el primer día el equipo de abogados nos trató con una empatía y un rigor jurídico excepcional.
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